Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2025 (CNAE-2025): Real decreto 10/2025, de 14 de enero

Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2025 (CNAE-2025): Real decreto 10/2025, de 14 de enero

Publicado el 21 de enero de 2025

El 15 de enero de 2025, se ha publicado en el BOE el Real Decreto 10/2025, de 14 de enero, por el que se aprueba la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2025 (CNAE-2025), con el objeto de sustituír a la versión anterior CNAE-2009, para actualizar dicha clasificación reflejando las nuevas actividades económicas que han sido posibles gracias a los avances estructurales, científicos y tecnológico.

La codificación de la actividad económica de los diversos agentes económicos mediante el uso de la CNAE-2009 ya se encuentra vigente en múltiples registros administrativos de la Administración General del Estado y, en particular, de la Tesorería General de la Seguridad Social para el cumplimiento de sus funciones. La obligación de comunicación de esta codificación mediante la CNAE-2025 regulada en esta norma tan solo supone una actualización de los códigos identificativos de las diferentes actividades económicas de acuerdo con la nueva estructura incluida en el anexo (CNAE-2025).

Con el fin de dar cumplimiento al artículo 6.a), para su inclusión en los registros administrativos de la Tesorería General de la Seguridad Social identificativos de los sujetos responsables de la obligación del ingreso de las cuotas de la Seguridad Social, dichos sujetos responsables deberán comunicar a la citada entidad, conforme a los procedimientos que esta establezca, la siguiente información:

  • En el caso de los sujetos responsables que ya consten en los referidos registros a la fecha de entrada en vigor de este real decreto, deberán comunicar la codificación de la variable actividad económica según la CNAE-2025 antes del 30 de junio de 2025.
     
  • En el caso de los sujetos responsables que se incorporen a dichos registros a partir de la entrada en vigor de este real decreto, deberán comunicar en el momento de su incorporación la codificación de la variable actividad económica según la CNAE-2025. 
     
  • Asimismo, los sujetos responsables indicados en los párrafos anteriores deberán comunicar, igualmente, la codificación de la variable actividad económica según la CNAE-2009 para el periodo de tiempo que transcurra entre la entrada en vigor de este real decreto y la entrada en vigor de la legislación de la Seguridad Social que establezca la tarifa de primas para la cotización al sistema de la Seguridad Social por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales adaptada a la CNAE-2025.

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