RDL 34/2020, de 17 de noviembre: Implicaciones en IVA e Impuesto sobre Sociedades
Publicado el 18 de noviembre de 2020
[ACTUALIZACIÓN 23/12/2020]
El Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre, de medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial y al sector energético, y en materia tributaria, aprueba las siguientes medidas:
OTRAS MEDIDAS
Excepcionalmente, durante el año 2021, aunque los estatutos no lo hubieran previsto, las reuniones del patronato de las fundaciones podrán celebrarse por videoconferencia o por conferencia telefónica múltiple, siempre que todos los miembros del órgano dispongan de los medios necesarios, el secretario del órgano reconozca su identidad, y así lo exprese en el acta, que remitirá de inmediato a las direcciones de correo electrónico de cada uno de los concurrentes.
El Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre, de medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial y al sector energético, y en materia tributaria, aprueba las siguientes medidas:
IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO (IVA)
En materia del Impuesto sobre el Valor Añadido, se aprueban las siguientes medidas:
- Prórroga del IVA a tipo cero en las entregas de material sanitario para combatir el COVID-19 hasta el 30 de abril de 2021 (Art. 6 RDL 34/2020)
- Reducción del IVA de las mascarillas desechables del 21% al 4%, hasta el 31 de diciembre de 2020 (Art. 7 RDL 34/2020)
IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES (IS)
En materia del Impuesto sobre Sociedades, se aprueban las siguientes medidas:
- Modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias (Disp. final primera RDL 34/2020)
- Modificación de la deducción por inversiones en producciones extranjeras de largometrajes cinematográficos o de obras audiovisuales (Disp. final quinta RDL 34/2020)
- Libertad de amortización en inversiones realizadas en la cadena de valor de valor de movilidad eléctrica, sostenible o conectada y deducción por actividades de innovación tecnológica de procesos de producción en la cadena de valor de la industria de la automoción (Disp. final octava RDL 34/2020)
OTRAS MEDIDAS
- Celebración por medios telemáticos del consejo de administración, juntas, asambleas socios/asociados y reuniones de patronatos (Art. 3 RDL 34/2020)
Excepcionalmente, durante el año 2021, aunque los estatutos no lo hubieran previsto, las reuniones del patronato de las fundaciones podrán celebrarse por videoconferencia o por conferencia telefónica múltiple, siempre que todos los miembros del órgano dispongan de los medios necesarios, el secretario del órgano reconozca su identidad, y así lo exprese en el acta, que remitirá de inmediato a las direcciones de correo electrónico de cada uno de los concurrentes.
FUENTES:
- Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre, de medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial y al sector energético, y en materia tributaria (18/11/20).
- Resumen AEAT (18/11/20).
- BOE: Resolución de 17 de diciembre de 2020, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de convalidación del Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre, de medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial y al sector energético, y en materia tributaria (22/10/2020).
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