RDL 34/2020, de 17 de noviembre: Implicaciones en IVA e Impuesto sobre Sociedades

RDL 34/2020, de 17 de noviembre: Implicaciones en IVA e Impuesto sobre Sociedades

Publicado el 18 de noviembre de 2020
[ACTUALIZACIÓN 23/12/2020]

El Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre, de medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial y al sector energético, y en materia tributaria, aprueba las siguientes medidas:
IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO (IVA)
En materia del Impuesto sobre el Valor Añadido, se aprueban las siguientes medidas:
 
  • Prórroga del IVA a tipo cero en las entregas de material sanitario para combatir el COVID-19 hasta el 30 de abril de 2021 (Art. 6 RDL 34/2020)
Con efectos desde el 1 de noviembre de 2020 y vigencia hasta el 30 de abril de 2021, se aplicará el tipo del 0 por ciento del Impuesto sobre el Valor Añadido a las entregas de bienes, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de bienes referidos en el anexo de este Real Decreto-ley cuyos destinatarios sean entidades de Derecho Público, clínicas o centros hospitalarios, o entidades privadas de carácter social a que se refiere el apartado tres del artículo 20 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido. Estas operaciones se documentarán en factura como operaciones exentas.
 
  • Reducción del IVA de las mascarillas desechables del 21% al 4%, hasta el 31 de diciembre de 2020 (Art. 7 RDL 34/2020)
Se aplicará el tipo del 4 por ciento del Impuesto sobre el Valor Añadido a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de las mascarillas quirúrgicas desechables referidas en el Acuerdo de la Comisión Interministerial de Precios de los Medicamentos, de 12 de noviembre de 2020, por el que se revisan los importes máximos de venta al público.
 
IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES (IS)
En materia del Impuesto sobre Sociedades, se aprueban las siguientes medidas:
  Se modifica la Ley 19/1994, de 6 de julio, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias
 
  • Modificación de la deducción por inversiones en producciones extranjeras de largometrajes cinematográficos o de obras audiovisuales (Disp. final quinta RDL 34/2020)
Con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir de 1 de enero de 2020, se modifica el apartado 2 del artículo 36 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.
 
  • Libertad de amortización en inversiones realizadas en la cadena de valor de valor de movilidad eléctrica, sostenible o conectada y deducción por actividades de innovación tecnológica de procesos de producción en la cadena de valor de la industria de la automoción (Disp. final octava RDL 34/2020)

OTRAS MEDIDAS
  • Celebración por medios telemáticos del consejo de administración, juntas, asambleas socios/asociados y reuniones de patronatos (Art. 3 RDL 34/2020)
Durante el año 2021, aunque los estatutos no lo hubieran previsto, las juntas o asambleas de asociados o de socios del resto de personas jurídicas de Derecho privado (asociaciones, sociedades civiles y sociedades cooperativas) podrán celebrarse por videoconferencia o por conferencia telefónica múltiple siempre que todas las personas que tuvieran derecho de asistencia o quienes los representen dispongan de los medios necesarios, el secretario del órgano reconozca su identidad, y así lo exprese en el acta, que remitirá de inmediato a las direcciones de correo electrónico.

Excepcionalmente, durante el año 2021, aunque los estatutos no lo hubieran previsto, las reuniones del patronato de las fundaciones podrán celebrarse por videoconferencia o por conferencia telefónica múltiple, siempre que todos los miembros del órgano dispongan de los medios necesarios, el secretario del órgano reconozca su identidad, y así lo exprese en el acta, que remitirá de inmediato a las direcciones de correo electrónico de cada uno de los concurrentes.
 
FUENTES:
Compartir en: