Proyecto de Orden que modifica los diseños físicos y lógicos del modelo 190
Publicado el 18 de septiembre de 2014
En la página de la AEAT , se ha publicado, el Proyecto de Orden por el que se modifica la Orden EHA/3127/2009, de 10 de noviembre.Por dicha orden se aprueba el modelo 190 para la declaración del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sobre rendimientos del trabajo y actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta y se modifican otras normas tributarias.
Se introducen modificaciones en el anexo II “diseños físicos y lógicos” de la Orden EHA/3127/2009 para adaptarla a los cambios introducidos por el Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, que estableció que el porcentaje de las retenciones e ingresos a cuenta sobre los rendimientos derivados de actividades profesionales será el 15 % cuando el volumen de rendimientos íntegros de tales actividades correspondiente al ejercicio inmediato anterior sea inferior a 15.000 euros y represente más del 75 % de la suma de los rendimientos íntegros de actividades económicas y del trabajo obtenidos por el contribuyente en dicho ejercicio. Este nuevo porcentaje obliga a la adaptación del modelo 190, introduciendo una nueva subclave dentro de la clave “G” que permita a los obligados tributarios a identificar los supuestos en los que sea de aplicación el porcentaje del 15 %.
Además, se introduce una nueva subclave a consignar en los supuestos en que se cumplimente la clave E., con el objeto de permitir que en los casos en que se satisfagan retribuciones a los consejeros y administradores que no posean el control de una sociedad, cuando el desempeño de su cargo conlleve la realización de las funciones de dirección y gerencia de la sociedad retribuidas, puedan consignar en el modelo 190 las cotizaciones al régimen general de la Seguridad Social como asimilados a trabajadores por cuenta ajena.
Fuente: AEAT (11/09/2014)
Se introducen modificaciones en el anexo II “diseños físicos y lógicos” de la Orden EHA/3127/2009 para adaptarla a los cambios introducidos por el Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, que estableció que el porcentaje de las retenciones e ingresos a cuenta sobre los rendimientos derivados de actividades profesionales será el 15 % cuando el volumen de rendimientos íntegros de tales actividades correspondiente al ejercicio inmediato anterior sea inferior a 15.000 euros y represente más del 75 % de la suma de los rendimientos íntegros de actividades económicas y del trabajo obtenidos por el contribuyente en dicho ejercicio. Este nuevo porcentaje obliga a la adaptación del modelo 190, introduciendo una nueva subclave dentro de la clave “G” que permita a los obligados tributarios a identificar los supuestos en los que sea de aplicación el porcentaje del 15 %.
Además, se introduce una nueva subclave a consignar en los supuestos en que se cumplimente la clave E., con el objeto de permitir que en los casos en que se satisfagan retribuciones a los consejeros y administradores que no posean el control de una sociedad, cuando el desempeño de su cargo conlleve la realización de las funciones de dirección y gerencia de la sociedad retribuidas, puedan consignar en el modelo 190 las cotizaciones al régimen general de la Seguridad Social como asimilados a trabajadores por cuenta ajena.
Fuente: AEAT (11/09/2014)
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