Nuevos gastos deducibles para Autónomos en IRPF publicados en la Ley 6/2017
Publicado el 25 de octubre de 2017
El 25 de octubre de 2017 se ha publicado en el BOE la Ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo.Deducibilidad en el IRPF de dos nuevos gastos deducibles de los rendimientos netos de las actividades económicas en estimación directa:
¿Cuándo entrarán en vigor?
A partir del 1 de enero de 2018.
Más info>> Resumen AEAT, 30 de octubre de 2017.
- Gastos por determinados suministros tales como agua, gas, electricidad, telefonía e Internet cuando el empresario o profesional ejerza su actividad en su propia vivienda habitual, en el porcentaje resultante de aplicar el 30% a la proporción existente entre los metros cuadrados de la vivienda destinados a la actividad respecto a su superficie total, salvo que se pruebe un porcentaje superior o inferior.
- Gastos de manutención del propio contribuyente incurridos en el desarrollo de la actividad económica, siempre que se produzcan en establecimientos de restauración y hostelería y se abonen utilizando cualquier medio electrónico de pago, con los límites cuantitativos establecidos reglamentariamente para las dietas y asignaciones para gastos normales de manutención de los trabajadores.
¿Cuándo entrarán en vigor?
A partir del 1 de enero de 2018.
Más info>> Resumen AEAT, 30 de octubre de 2017.
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