
Novedades: modelos 190 y 390
Publicado el 13 de octubre de 2016
A 11 de octubre de 2016, se ha publicado la Orden HAP/1626/2016, de 6 de octubre, que modifica la Orden EHA/3127/2009, de 10 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 190 para la declaración del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sobre rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta.Además, modifica otras normas tributarias (Orden EHA/3435/2007, de 23 de noviembre- modelo 117- y Orden EHA/3111/2009, de 5 de noviembre – modelo 390-).
La Ley 26/2014, de 27 de noviembre ha obligado a introducir las siguientes modificaciones a partir del año 2016:
En el modelo 190:
En el modelo 390:
Con la finalidad de aclarar la aplicación de la exoneración de la obligación de presentar la declaración-resumen anual modelo 390, se precisa que no tiene carácter opcional, de modo que los sujetos pasivos obligados deberán cumplimentar el apartado específico reservado a los sujetos pasivos exonerados a que se refiere en la autoliquidación del IVA correspondiente al último periodo de liquidación del ejercicio.
La Ley 26/2014, de 27 de noviembre ha obligado a introducir las siguientes modificaciones a partir del año 2016:
En el modelo 190:
- Se suprime el régimen transitorio existente únicamente para el ejercicio 2015, en relación con la reducción de rendimientos íntegros del trabajo a aplicar por aquellos contribuyentes desempleados inscritos en una oficina de empleo que acepten un puesto de trabajo que exija el traslado de su residencia habitual a un nuevo municipio.
- Se redefinen las subclaves de la clave G correspondientes a los rendimientos de actividades profesionales (tipo de retención del 15% cualquiera que sea el nivel de sus ingresos y del 7% durante los tres primeros años de inicio de la actividad profesional).
- Se reorganiza el contenido de las subclaves dentro de las claves A y B, para facilitar la cumplimentación de los datos adicionales correspondientes a los rendimientos que se satisfagan al trabajador por incapacidad laboral temporal.
En el modelo 390:
Con la finalidad de aclarar la aplicación de la exoneración de la obligación de presentar la declaración-resumen anual modelo 390, se precisa que no tiene carácter opcional, de modo que los sujetos pasivos obligados deberán cumplimentar el apartado específico reservado a los sujetos pasivos exonerados a que se refiere en la autoliquidación del IVA correspondiente al último periodo de liquidación del ejercicio.
Compartir en:
Categorías
Entradas destacadas
- La Nueva Normativa de Facturación Electrónica: Verifactu
- Reglamento VERIFACTU: Especificaciones técnicas obligatorias para los sistemas informáticos de facturación
- Nueva Orden de módulos para 2025: Orden HAC/1347/2024
- Consulta Vinculante V2484-24: Aplicación del Reglamento VeriFactu a desarrolladores de Software
- Declaración de la Renta 2024: Novedades
- Veri*Factu entrada en vigor