Ley 12/2022: Planes de Pensiones. Implicaciones en Renta y Sociedades

Ley 12/2022: Planes de Pensiones. Implicaciones en Renta y Sociedades

Publicado el 1 de julio de 2022
Actualizado: 6/10/2022

El 1 de julio de 2022 se publica en el BOE la Ley 12/2022, de 30 de junio, de regulación para el impulso de los planes de pensiones de empleo, por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre.

¿Qué repercusiones tiene la Ley 12/2022 en Renta? (Artículo 52 Ley 35/2006)
En relación con el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se crea un nuevo límite de reducción en la base imponible por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social, adicional al límite general de 1.500 euros anuales, y aplicable a las aportaciones a los planes de pensiones de empleo simplificados de trabajadores por cuenta propia o de autónomos de nueva creación.

De esta forma, este límite se verá incrementado en:

  • 8.500 euros anuales si derivan de contribuciones empresariales o de aportaciones del trabajador al sistema de previsión social puesto en marcha por la empresa, por importe igual o inferior al resultado de aplicar a la contribución empresarial los siguientes coeficientes:

 


Se aplicará siempre el coeficiente 1 cuando el trabajador obtenga rendimientos íntegros del trabajo superiores a 60.000 euros procedentes de la empresa que realiza la contribución.
 

  • 4.250 euros anuales, si derivan de aportaciones a:
    • Planes de pensiones de empleo de trabajadores por cuenta propia/autónomos.
    • Planes de pensiones de los que sea promotor y partícipe.
    • Mutualidades de Previsión Social de las que sea mutualista.
    • Planes de Previsión Social empresarial o seguros colectivos de dependencia de los que sea tomador y asegurado.


¿Qué repercusiones tiene la Ley 12/2022 en Sociedades? (Artículo 38 ter Ley 27/2014)
En relación con el Impuesto sobre Sociedades, se incorpora una nueva deducción en la cuota íntegra del 10% por contribuciones empresariales a sistemas de previsión social empresarial imputadas a favor de los trabajadores. Dicha deducción será aplicable para periodos impositivos que comiencen a partir de 2 de julio de 2022.

FUENTES:

Compartir en: 
También te puede interesar: