La AEAT y los representantes de los asesores fiscales aprueban los códigos de buenas prácticas tributarias
Publicado el 4 de julio de 2019
La AEAT y los miembros del Foro de Asociaciones y Colegios Profesionales Tributarios aprobaron el pasado 2 de julio de 2019 los siguientes códigos de buenas prácticas:- Código de Buenas Prácticas de Asociaciones y Colegios Profesionales Tributarios.
- Código de Buenas Prácticas de Profesionales Tributarios.
Ambas partes (AEAT, por un lado, e intermediarios fiscales, por otro) pusieron de manifiesto su compromiso para la correcta puesta en marcha de los mencionados códigos de buenas prácticas:
- Los intermediarios fiscales (asociaciones, colegios y asesores) tratarán de prevenir conductas inadecuadas por parte de sus clientes que puedan suponer riesgos fiscales importantes, respetando siempre los límites del secreto profesional. Deberán advertir a sus clientes de la ilegalidad de incurrir en conductas engañosas, fraudulentas o maliciosas (llevanza de doble contabilidad, utilización de software de doble uso, realización de pagos en efectivo por encima del límite legal, desarrollo de operaciones de deslocalización fiscal ficticias...).
- Por su parte, la AEAT se compromete a establecer un canal de comunicación en su web para con los asesores fiscales, a publicar los criterios de aplicación general y a poner en conocimiento de los intermediarios fiscales aquellos hechos susceptibles de ser sometidos a una regularización, entre otros.
La finalidad última de los códigos de buenas prácticas es que la AEAT esté informada sobre irregularidades que puedan afectar al funcionamiento del sistema tributario o a la competencia del mercado y que, por consiguiente, se fomente y se generalice la puesta en marcha de buenas prácticas por parte de los propios contribuyentes.
La adhesión a los códigos por parte de asociaciones, colegios y asesores para lograr la transparencia y responsabilidad en el desarrollo de sus funciones es voluntaria. Los intermediarios fiscales podrán informar a través de su página web del hecho de estar adheridos a los códigos de buenas prácticas, siempre que se obtenga el consentimiento expreso de la Agencia Tributaria. Por último, la AEAT estudiará el desarrollo de un logotipo que permita identificar a las asociaciones, colegios y asesores adheridos a los códigos.
Fuente: AEAT (Nota de prensa).
- Código de Buenas Prácticas de Profesionales Tributarios.
Ambas partes (AEAT, por un lado, e intermediarios fiscales, por otro) pusieron de manifiesto su compromiso para la correcta puesta en marcha de los mencionados códigos de buenas prácticas:
- Los intermediarios fiscales (asociaciones, colegios y asesores) tratarán de prevenir conductas inadecuadas por parte de sus clientes que puedan suponer riesgos fiscales importantes, respetando siempre los límites del secreto profesional. Deberán advertir a sus clientes de la ilegalidad de incurrir en conductas engañosas, fraudulentas o maliciosas (llevanza de doble contabilidad, utilización de software de doble uso, realización de pagos en efectivo por encima del límite legal, desarrollo de operaciones de deslocalización fiscal ficticias...).
- Por su parte, la AEAT se compromete a establecer un canal de comunicación en su web para con los asesores fiscales, a publicar los criterios de aplicación general y a poner en conocimiento de los intermediarios fiscales aquellos hechos susceptibles de ser sometidos a una regularización, entre otros.
La finalidad última de los códigos de buenas prácticas es que la AEAT esté informada sobre irregularidades que puedan afectar al funcionamiento del sistema tributario o a la competencia del mercado y que, por consiguiente, se fomente y se generalice la puesta en marcha de buenas prácticas por parte de los propios contribuyentes.
La adhesión a los códigos por parte de asociaciones, colegios y asesores para lograr la transparencia y responsabilidad en el desarrollo de sus funciones es voluntaria. Los intermediarios fiscales podrán informar a través de su página web del hecho de estar adheridos a los códigos de buenas prácticas, siempre que se obtenga el consentimiento expreso de la Agencia Tributaria. Por último, la AEAT estudiará el desarrollo de un logotipo que permita identificar a las asociaciones, colegios y asesores adheridos a los códigos.
Fuente: AEAT (Nota de prensa).
Compartir en:
También te puede interesar:
Categorías
Entradas destacadas
- IRPF, IS e IVA de las cestas de navidad
- La Nueva Normativa de Facturación Electrónica: Verifactu
- Reglamento VERIFACTU: Especificaciones técnicas obligatorias para los sistemas informáticos de facturación
- Modificación del modelo 390 de IVA a los nuevos tipos de IVA y recargos de equivalencia
- Planifica la declaración de Renta 2024 antes de que acabe el año
- Nueva Orden de módulos para 2025: Orden HAC/1347/2024
Entradas actualizadas
- Tributación de la lotería de Navidad según la AEAT
- Nuevas Medidas fiscales y laborales para hacer frente a los daños causados por la DANA: Real Decreto-ley 7/2024
- Medidas fiscales y laborales como respuesta ante daños causados en Valencia y otros territorios por la DANA: Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre
- IRPF, IS e IVA de las cestas de navidad