Estimación objetiva del IRPF y régimen simplificado del IVA para el año 2023

Estimación objetiva del IRPF y régimen simplificado del IVA para el año 2023

Publicado el 9 de noviembre de 2022

El Ministerio de Hacienda publica, a 7 de noviembre de 2022, el Proyecto de Orden por el que se desarrollan para el 2023 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.

¿Cuáles son los cambios en relación al IRPF y en relación al IVA?
Este Proyecto de  Orden mantiene la estructura de la Orden HFP/1335/2021, de 1 de diciembre, por la que se desarrollan para el año 2022 el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA.

En relación con el IRPF:

  • Se mantienen para el ejercicio 2023 la cuantía de los signos, índices o módulos, así como las instrucciones de aplicación.
  • Se aumenta la reducción general del 5%:
    • Al 10% para el período impositivo 2023.
    • Al 15%, para el período impositivo 2022.
  • Se establece para los períodos impositivos 2022 y 2023 que el rendimiento neto previo para las actividades agrícolas y ganaderas podrá minorarse en el 35% del precio de adquisición del gasóleo agrícola y en el 15% del precio de adquisición de los fertilizantes.
  • Se mantienen los índices correctores por piensos adquiridos a terceros y por cultivos en tierras de regadío que utilicen, a tal efecto, energía eléctrica.
  • Se revisa el tratamiento tributario de las ayudas directas desacopladas de la Política Agraria Común (PAC), de manera que su tributación en proporción a los ingresos de sus cultivos o explotaciones se condiciona a la obtención de un mínimo de ingresos distintos del de la propia ayuda.
  • Para las actividades económicas desarrolladas en la Isla de la Palma, se establece una reducción especial para 2022 y para 2023.


En relación con el IVA:
Se mantienen para 2023 los módulos, así como las instrucciones para su aplicación, aplicables en el régimen especial simplificado en el año inmediato anterior.

En relación con el rendimiento neto:
Se mantiene para este período la reducción del 20% sobre el rendimiento neto calculado por el método de estimación objetiva del IRPF y sobre la cuota devengada por operaciones corrientes del régimen especial simplificado del IVA para las actividades económicas desarrolladas en el término municipal de Lorca.

Se incluye, para el 2022 y el 2023, una reducción del 20% sobre el IRPF para las actividades económicas que se desarrollen en la Isla de La Palma y determinen el rendimiento neto por el método de estimación objetiva.

¿Cuándo entra en vigor?
Esta norma entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), con efectos para el año 2023.

Esta Orden se compone de los siguientes documentos:

ENLACES DE INTERÉS:

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FUENTE: Ministerio de Hacienda y Función Pública (07/11/2022).

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