Nuevas medidas DANA en el ámbito fiscal, mercantil y laboral: Real Decreto-Ley 8/2024

Nuevas medidas DANA en el ámbito fiscal, mercantil y laboral: Real Decreto-Ley 8/2024

Publicado el 18 de diciembre de 2024

El 29 de noviembre de 2024, se ha publicado en el BOE el Real Decreto-ley 8/2024, de 28 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el marco del Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.

En este Real Decreto se resumen todas las medidas publicadas en los Real Decreto-Ley 7/2024 y Real Decreto-Ley 6/2024.

A continuación se detalla un esquema de las principales novedades fiscales, mercantiles y laborales:

1. Medidas fiscales

  • Exenciones tributarias:
    • Exención de tasas de la Jefatura Central de Tráfico para:
      • Tramitación de bajas de vehículos dañados.
      • Cambios de titularidad en vehículos adquiridos como reemplazo de los destruidos.
      • Duplicados de permisos de circulación o conducción dañados o extraviados.
    • Exención de tasas para la expedición o renovación del DNI en municipios afectados.
    • Exención de tasas en actividades de promoción internacional organizadas por ICEX hasta el 31 de diciembre de 2025.
    • Exención del requisito de estar al corriente en obligaciones tributarias y de Seguridad Social para acceder a las ayudas.
  • Subvenciones:
    • PLAN REINICIA AUTO+:
      • Ayudas directas para la compra de vehículos nuevos/seminuevos en reemplazo de los dañados.
    • Ampliación de plazos y condiciones para beneficiarios de ayudas vinculadas a la transición energética.

2. Medidas mercantiles

  • Plazos societarios:
    • Suspensión hasta el 30 de junio de 2025 para formular cuentas anuales.
    • Ampliación de plazos para la aprobación de cuentas y ejercicio del derecho de separación.
    • Posibilidad de modificar la propuesta de aplicación de resultados en empresas afectadas por la catástrofe.
  • Reuniones y acuerdos:
    • Celebración de reuniones de órganos de administración por medios telemáticos hasta el 30 de marzo de 2025.
    • Aprobación de acuerdos por escrito y sin sesión.
  • Materias concursales:
    • Ampliación del plazo para solicitar la declaración de concurso hasta el 31 de diciembre de 2025.
    • Suspensión de subastas judiciales por daños relacionados con la DANA.
    • Devolución de tasas de anuncios de subastas no celebradas.

3. Medidas en seguridad social y laborales

  • Permiso laboral retribuido:
    • Nuevo permiso retribuido de hasta cuatro días para personas impedidas de acudir al trabajo por los efectos de la DANA.
  • Inembargabilidad de ayudas:
    • Declaración de inembargabilidad de todas las ayudas concedidas para paliar daños causados por la DANA.
  • Acceso a ayudas:
    • Exención del requisito de estar al corriente con la Seguridad Social o el pago de reintegros para acceder a ayudas.

Este conjunto de medidas busca proporcionar flexibilidad y alivio fiscal, administrativo y laboral para mitigar los efectos de la DANA y facilitar la recuperación económica de las zonas afectadas.

 

REFERENCIAS WEB:

 

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