Breve Resumen Boletín RED 4/2017 de 25 de julio de 2017

Breve Resumen Boletín RED 4/2017 de 25 de julio de 2017

Publicado el 28 de julio de 2017
El 25 de julio de 2017 la Seguridad Social ha publicado el Boletín RED 4/2017. A continuación, os ofrecemos un breve resumen de sus principales novedades.CONFIRMACIÓN AUTOMÁTICA A PARTIR DEL SEGUNDO CIERRE DE OFICIO

En agosto confirmación automática de todas las liquidaciones, estén calculadas o no en su totalidad. Por tanto, para las liquidaciones parciales ya no será necesario solicitar el borrador parcial puesto que se confirmarán de oficio en el segundo cierre (día 28, salvo en febrero que será el día 26).

NUEVO SERVICIO “SOLICITUD DE INFORME DEL ESTADO DE LAS LIQUIDACIONES”

Durante el mes de septiembre está previsto la implantación de un nuevo servicio on-line denominado “Solicitud de Informe del estado de las liquidaciones” para informar al usuario de la situación en la que se encuentran cada una de sus liquidaciones y cuales son las que aún están pendientes de presentación.

MODIFICACIÓN DEL FICHERO DE TRABAJADORES Y TRAMOS PARA SOLICITAR DATOS DE UNO O VARIOS TRABAJADORES

Esta nueva funcionalidad estará disponible a partir del mes de septiembre, lo que va a permitir que, en las liquidaciones complementarias L03, L90, C00, C02, C13, C03, C90, el usuario pueda solicitar la información únicamente de los trabajadores por los que se debe de realizar la cotización.

RÉGIMEN ESPECIAL DE LOS TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA O AUTÓNOMOS. NUEVOS SERVICIOS EN EL SISTEMA RED: “MODIFICACIÓN DE ACTIVIDAD” Y “SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE LOS DATOS DE COBERTURA PARA EL AÑO PRÓXIMO”.

Estos nuevos servicios ya figuran en el Sistema RED. Al igual que sus manuales de funcionamiento de modificación de actividad y de solicitud de modificación de los datos de cobertura para el año próximo.
NOVEDADES DERIVADAS DE LA PUBLICACIÓN DE LA LEY 3/2017, DE 27 DE JUNIO DE 2017 DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA EL AÑO 2017 (B.O.E. 28 DE JUNIO)

Tipo de cotización en supuestos especiales

Modificación de los tipos de cotización adicionales aplicables a los colectivos de Bomberos al servicio de las administraciones públicas y miembros del Cuerpo de la Ertzaintza.
Medidas de apoyo a la prolongación del período de actividad de los trabajadores con contratos fijos discontinuos en los sectores de turismo, comercio vinculado al mismo y hostelería.

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A partir de la publicación de este boletín y hasta el próximo 28 de septiembre de 2017 se podrán comunicar las Situaciones Adicionales de Afiliación (SAA) con valor 420 correspondientes a febrero y marzo de 2017 para la aplicación de las bonificaciones de cuotas previstas en la disposición adicional duodécima de la Ley 3/2012 de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral (B.O.E. 7-7-2012), según lo establecido en la disposición adicional centésima décima de la Ley 3/2017.

Dichas bonificaciones en el caso de tener derecho a ellas, deberán solicitarse mediante el procedimiento de devolución de ingresos.

Bonificación en la cotización a la Seguridad Social en los supuestos de cambio de puesto de trabajo por riesgo durante el embarazo o durante la lactancia natural, así como en los supuestos de enfermedad

A partir del día 29 de junio de 2017, las deducciones de cuotas en los supuestos de cambio de puesto de trabajo por riesgo durante el embarazo o durante la lactancia natural tendrán la consideración de bonificaciones de cuotas, según la disposición adicional centésima octava de la Ley 3/2017.

Modificación de la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral.



La disposición final vigésima tercera añade, con efectos de 29 de junio de 2017 y vigencia indefinida, un apartado 5 bis, al artículo 4 de la Ley 3/2012, que dará derecho a bonificaciones por contrataciones indefinidas con tipo de contrato 150, 250 ó 350, que se realicen con trabajadores desempleados inscritos en la Oficina de Empleo para prestar servicios en centros de trabajo ubicados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias,con independencia de los incentivos fiscales regulados en el artículo 43 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo.
 
COMUNICACIÓN DEL BOLETÍN DE NOTICIAS RED POR CORREO ELECTRÓNICO

A partir de ahora, se comunicarán los Boletines de Noticias Red por correo electrónico a aquellos autorizados que hayan comunicado dicho correo a la Tesorería General de la Seguridad Social y hayan otorgado su consentimiento para la recepción de comunicaciones con carácter informativo. Este trámite se deberá cumplimentar a través del “Formulario de variación de datos de contacto del autorizado Red”.

Para mayor información consultar dicho Boletín RED 4/2017 de 25 de julio de 2017.
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