Proyecto RD: Adaptación del reglamento de IRPF a las retenciones de artistas
Publicado el 28 de septiembre de 2022
El Ministerio de Hacienda publica, a 28 de septiembre de 2022, el Proyecto de Real Decreto, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, para dar cumplimiento a las medidas contenidas en el Estatuto del Artista en materia de retenciones.
¿Qué modificaciones incorpora este Proyecto en las retenciones de los artistas?
Este Proyecto de Orden se compone de los siguientes documentos:
FUENTE: Ministerio de Hacienda y Función Pública (28/09/2022).
¿Qué modificaciones incorpora este Proyecto en las retenciones de los artistas?
- El tipo mínimo de retención aplicable a los rendimientos de trabajo derivados de una relación laboral especial de los artistas en espectáculos públicos disminuye del 15% al 2%.
- El tipo de retención aplicable a las actividades desarrolladas por los artistas disminuye del 15% al 7%. Para ello, es necesario que se cumplan dos condiciones:
- Los rendimientos íntegros obtenidos en el período impositivo anterior y derivados de tales actividades deben ser inferiores a 15.000€
- Dichos rendimientos deben representar el 75% del total de rentas derivadas de actividades económicas y del trabajo.
Este Proyecto de Orden se compone de los siguientes documentos:
FUENTE: Ministerio de Hacienda y Función Pública (28/09/2022).
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