Calendario de días inhábiles 2020 de la Administración General del Estado

Calendario de días inhábiles 2020 de la Administración General del Estado

Publicado el 4 de diciembre de 2019
[Información actualizada a 28 de mayo de 2020]

El 4 de diciembre de 2019, se ha publicado en el BOE la Resolución de 27 de noviembre de 2019, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se establece a efectos de cómputo de plazos, el calendario de días inhábiles en el ámbito de la Administración General del Estado para el año 2020.El 11 de diciembre de 2019, se ha publicado en el BOE la Corrección de errores de la Resolución de 27 de noviembre de 2019.

La publicación de esta Resolución también está disponible en administracion.gob.es en calendario de días inhábiles de la AGE 2020.  En el mismo apartado, puede accederse a la descarga del calendario de días inhábiles de la AGE 2020 en formato PDF (incluye suspensión de plazos COVID19).

¿Cuáles son los días inhábiles?

Son días inhábiles:
a) En todo el territorio nacional: los sábados, los domingos y los días declarados como fiestas de ámbito nacional no sustituibles, o sobre las que la totalidad de las Comunidades Autónomas no han ejercido la facultad de sustitución.
b) En el ámbito territorial de las Comunidades Autónomas: aquellos días determinados por cada Comunidad Autónoma como festivos.
c) En los ámbitos territoriales de las Entidades que integran la Administración Local: los días que establezcan las respectivas Comunidades Autónomas en sus correspondientes calendarios de días inhábiles.



Plazos suspendidos de forma excepcional como consecuencia del COVID-19:

- Período de suspensión de plazos administrativos establecido por el RD 463/2020, de 14 de marzo: Del 14 de marzo al 31 de mayo de 2020 (ambos incluidos).

- Período de suspensión de plazos de prescipción y caducidad de derechos y acciones establecido por el RD 463/2020, de 14 de marzo: Del 14 de marzo al 3 de junio de 2020 (ambos incluidos).


ANEXO - Calendario de días inhábiles 2020 desglosado por meses

Enero: Todos los sábados y domingos del mes.
Día 1: Inhábil en todo el territorio nacional.
Día 6: Inhábil en todo el territorio nacional.

Febrero: Todos los sábados y domingos del mes.
Día 28: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Marzo: Todos los sábados y domingos del mes.
Día 13: Inhábil en la Ciudad de Melilla.
Día 19: Inhábil en las Comunidades Autónomas de Castilla-La Mancha, de Galicia, de la Región de Murcia, del País Vasco, así como en la Comunitat Valenciana y en la Comunidad Foral de Navarra.

Abril: Todos los sábados y domingos del mes.
Día 9: Inhábil en las Comunidades Autónomas de Andalucía, de Aragón, del Principado de Asturias, de las Illes Balears, de Canarias, de Cantabria, de Castilla-La Mancha, de Extremadura, de Galicia, de la Región de Murcia, del País Vasco, de La Rioja, así como en la Comunidad de Castilla y León, en la Comunidad de Madrid, en la Comunidad Foral de Navarra, en la Ciudad de Ceuta y en la Ciudad de Melilla.
Día 10: Inhábil en todo el territorio nacional.
Día 13: Inhábil en las Comunidades Autónomas de las Illes Balears, de Cantabria, de Castilla-La Mancha, de Cataluña, del País Vasco, de La Rioja, así como en la Comunitat Valenciana y en la Comunidad Foral de Navarra.
Día 23: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Aragón y en la Comunidad de Castilla y León.

Mayo: Todos los sábados y domingos del mes.
Día 1: Inhábil en todo el territorio nacional.

Junio: Todos los sábados y domingos del mes.
Día 9: Inhábil en las Comunidades Autónomas de la Región de Murcia y de La Rioja.
Día 11: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
Día 24: Inhábil en las Comunidades Autónomas de Cataluña y de Galicia, así como en la Comunitat Valenciana.

Julio: Todos los sábados y domingos del mes.
Día 28: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Día 31: Inhábil en la Ciudad de Ceuta y en la Ciudad de Melilla.

Agosto: Todos los sábados y domingos del mes.

Septiembre: Todos los sábados y domingos del mes.
Día 2: Inhábil en la Ciudad de Ceuta.
Día 8: Inhábil en las Comunidades Autónomas del Principado de Asturias y de Extremadura.
Día 11: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Cataluña.
Día 15: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Octubre: Todos los sábados y domingos del mes.
Día 9: Inhábil en la Comunitat Valenciana.
Día 12: Inhábil en todo el territorio nacional.

Noviembre: Todos los sábados y domingos del mes.
Día 2: Inhábil en las Comunidades Autónomas de Andalucía, de Aragón, del Principado de Asturias, de Extremadura, así como en la Comunidad de Castilla y León y la Comunidad de Madrid

Diciembre: Todos los sábados y domingos del mes.
Día 7: Inhábil en las Comunidades Autónomas de Andalucía, de Aragón, del Principado de Asturias, de las Illes Balears, de Canarias, de Extremadura, de la Región de Murcia, de la Rioja, así como en la Comunidad de Castilla y León, en la Comunidad de Madrid, en la Comunidad Foral de Navarra y en la Ciudad de Ceuta y en la Ciudad de Melilla.
Día 8: Inhábil en todo el territorio nacional.
Día 25: Inhábil en todo el territorio nacional.
 
Compartir en: